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miércoles, 4 de mayo de 2011

La CMT opina que es ilegal cobrar a los clientes por las portabilidades móviles canceladas


La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) el regulador del sector, considera que es ilegal que las operadoras de telecomunicaciones móviles o sus comercializadoras que fueran a recibir un nuevo cliente por el procedimiento de portabilidad, le cobren a éste una cantidad o un depósito de garantía para resarcirse de los costes en los que han incurrido (trabajos en la red, envío de la tarjeta SIM, distribución de un terminal, etc) en el caso de que la portabilidad sea cancelada por voluntad del cliente.


El regulador de las telecomunicaciones, que no tiene competencia sobre los derechos de los usuarios (una de sus principales reivindicaciones históricas) opina que estas prácticas “podrían ser consideradas como cláusulas abusivas por la autoridad jurisdiccional competente”, es decir por el Ministerio de Industria (a través de la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones) y el ministerio de Sanidad y Consumo.


La CMT si considera viable el cobro de 41 céntimos al usuario en el caso de las portabilidades fijas canceladas, ya que esta cantidad "no es disuasoria" para el ejercicio de la portabilidad por parte del cliente, el requisito que recoge la Ley General de Telecomunicaciones.


Además, la CMT señala que no va fijar un precio máximo para este tipo de situaciones ya que se trata de precios minoristas sobre los que no tiene competencia.


La resolución se produce a consulta de Telefónica. La operadora quería que la CMT fijara una postura concreta sobre estas prácticas ya que había detectado en el mercado que alguno de sus rivales las estaba utilizando. En concreto, y tras la consulta realizada a todo el sector, la resolución de la CMT señala que la cadena The Phone House está cobrando un depósito previo de 50 euros a los clientes de las portabilidades móviles -que se devuelve en caso de ejecutar laportabilidad- mientras que los distribuidores de Orange cobran depósitos de 29,95 euros para las portabilidades fijas y de 30 euros para las móviles. La CMT considera que dicho depósito "podría suponer una traba práctica para los usuarios que les limite la libertad de opción y de elección de operador de conformidad con los derechos que tienen reconocidos por el ordenamiento jurídico (derecho a desistir)".


La CMT si cree legal que los operadores que hayan enviado ya la SIM o un terminal al cliente -incurriendo para ello en costes- y que en muchas ocasiones son muy difíciles de recuperar, tengan derecho a recuperar estos costes, pero sólo a posteriori. El regulador señala que en ese caso "el operador o la empresa comercializadora de sus servicios tendrá derecho a solicitarle (al cliente) el pago del valor del bien" que se le haya enviado, aunque no especifica el mecanismo para este cobro.


Con todo, la resolución del regulador también añade una comparativa europea con la normativa en ocho países (Alemania, Finlandia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Portugal y Reino Unido) en la que se pone de manifiesto que en ninguno de esos países está prohibido el cobro de una cantidad a los clientes por la portabilidad aunque en muchos de ellos (Finlandia, Reino Unido, Alemania, Hungría y Grecia) no se realice en la práctica. Irlanda cobra hasta 6 euros por las portabilidades fijas y Holanda una tarifa máxima de 10 euros por cada portabilidad.


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